Los bonos, también llamados partes
beneficiarias, son valores que puede crear una sociedad anónima y que confieren a sus
titulares un derecho de crédito eventual contra la sociedad que consiste en una
participación en las ganancias anuales.
Tienen como característica el poder
representarse en títulos negociables, no tener valor nominal y no conferir al
tenedor más derechos que el de fiscalizar los actos de los administradores e
impugnar las resoluciones tomadas en la asamblea (art. 422)
Sólo pueden tener como destino el ser
entregados a los fundadores, promotores, accionistas o terceros para retribuir
servicios realizados para la sociedad. También, pueden ser entregados en forma
gratuita a asociaciones o fundaciones benéficas constituidas para favorecer a
sus empleados o obreros. Por su forma de transmisión pueden ser al portador o
nominativas.