Compare, estableciendo semejanzas y diferencias, los regímenes de responsabilidad a que se encuentran sujetas las sociedades en formación y las sociedades irregulares

Por Carlos López Rodríguez

I. Semejanzas 

  1. responsabilidad solidaria;

  2. imposibilidad de invocar limitaciones fundadas en el contrato social; 

  3. responsabilidad de los socios y administradores.    

II. Diferencias

A.  en las sociedades en formación la responsabilidad se extingue por la regularización (en cuanto a los actos indispensables para su constitución) o por la ratificación (en cuanto a los actos no indispensables para la constitución) y en las sociedades irregulares la responsabilidad no se extingue ni por ratificación ni por regularización (art. 42, inc. 3, in fine);

B.  responsabilidad indiscriminada de administradores y representantes (en las sociedades en formación) y responsabilidad de los administradores exclusivamente por las operaciones en que hayan intervenido (en las sociedades irregulares);

C.  responsabilidad de fundadores y promotores (sociedades anónimas en formación) y responsabilidad de socios y administradores (sociedades anónimas irregulares).

 

La respuesta debe distinguir las semejanzas y las diferencias. Es insuficiente la definición de lo que es sociedad en formación y lo que es sociedad irregular, aunque estas definiciones tengan implícitas las semejanzas y las diferencias.

En cuanto a las semejanzas es fundamental la mención de la solidaridad. En cuanto a las diferencias es imprescindible que el alumno haya señalado la diferencia en cuanto a la forma de extinguirse la responsabilidad. Si no señaló ninguna de éstas, la respuesta debe ser calificada con cero punto. Si señaló, por lo menos una de ellas, la respuesta alcanzará los 5 puntos. Si contiene ambas, la calificación será 10. 

La respuesta que contiene más que las semejanzas y diferencias fundamentales, obtiene el puntaje total.

 

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