¿Puede ser convocada la
asamblea de acccionistas por el presidente de directorio
sin que haya mediado un acuerdo de directorio previo en ese sentido?
Por Carlos López Rodríguez
En la Ley 16.060 (art. 344), se establece que las asambleas serán convocadas por el órgano de administración. Por lo tanto, a pesar de que el presidente sea quien represente a la sociedad, queda absolutamente claro que necesita una resolución del directorio.