¿En qué consiste la amortización de acciones?
En la amortización, la sociedad
anticipa la devolución del valor de las acciones, sin reducir el capital
integrado (art. 311). Es decir que el importe que se devuelve se debita del rubro
ganancias.
La Ley
16.060 impone que existen ganancias líquidas
para que esa amortización se cumpla sólo si la sociedad tiene liquidez para
ello. Por lo que dice el texto, no podría destinarse a ese pago una suma
superior a las ganancias acumuladas.
La sociedad conserva incambiado el
capital integrado pero disminuye su patrimonio pues paga a los accionistas el
valor de sus acciones, con dinero de su activo.
La amortización debe ser resuelta por asamblea extraordinaria. El art. 312 impone confeccionar un balance especial para determinar el importe que se entregará el accionista.