¿Cuál es la función de la quiebra?
Por Nuri Rodríguez Olivera
I. Tratamiento igualitario de los acreedores
La primer función de la quiebra está constituida por permitir el tratamiento igualitario de todos los acreedores, ante la insolvencia del deudor. En el proceso de quiebra se ejecutan todos los bienes del deudor – con ciertas excepciones - y el resultado de su ejecución se destina al pago de todos los acreedores; ese pago se hará a prorrata si lo obtenido no fuera suficiente para cubrir la totalidad de los créditos. Se concede de este modo un tratamiento igualitario a los acreedores, con la salvedad de un tratamiento especial que se confiere a los acreedores preferentes y privilegiados.
Si el deudor es solvente no existe peligro de un tratamiento diferencial, por cuanto los acreedores encontrarán en el patrimonio del deudor bienes suficientes para su satisfacción plena. Si el deudor es insolvente sólo la ejecución concursal asegura a los acreedores una justa distribución del producido de la venta de los bienes del deudor que constituían la garantía común. Como los bienes son insuficientes, todos los acreedores sufren igual proporción de perjuicio, creándose una comunidad de pérdidas[1].
La segunda función consiste en la unificación de diversas pretensiones en un solo procedimiento judicial, lográndose una economía procesal.
La tercer función resulta de la publicidad con la cual se rodea el procedimiento concursal. Mediante esa publicidad se pone en conocimiento de acreedores, de terceros que se mueven en el círculo de actuación del deudor y del público en general, el estado de insolvencia o el incumplimiento en que se ha incurrido. Con esa publicidad se tutela el crédito.
Por último, sólo en el procedimiento concursal, se imponen determinadas inhabilitaciones al deudor. Fundamentalmente se le limita en su capacidad para administrar y disponer de su patrimonio, lo cual constituye una eficaz medida para la preservación de los bienes que constituyen la garantía común de los acreedores.
El crédito debe ser especialmente tutelado, porque es una institución indispensable en la economía moderna para el ejercicio de todas las actividades comerciales e industriales. La tutela se logra con normas severas que sancionen, incluso con medidas personales, al comerciante que hace abuso del crédito. Así se justifica las disposiciones legales, contenidas en la disciplina de la quiebra, que tipifican conductas penales para el fallido. Ripert señala:“La principal utilidad de la quiebra reside en le terror que inspira a los comerciantes y es precisamente por su carácter represivo que es una institución preventiva"[2].