¿Cuáles son las diferencias entre la exhibición parcial y la exhibición general de libros de comercio?

Por Carlos E. López Rodríguez

Las diferencias más importantes entre exhibición parcial y general son las siguientes:

1. La exhibición general tiene por objeto la totalidad de alguno o varios de los libros de un comerciante. En la exhibición parcial se exhiben ciertos asientos de ciertos libros, relacionados con un determinado negocio (art. 72).

2. La exhibición general procede en casos determinados taxativamente.

Los casos en que corresponde la exhibición general dentro de un proceso están, en principio, enumerados en el art. 71: juicios de sucesión, comunión, quiebra, sociedad y de administración o gestión mercantil por cuenta ajena. 

El inc. 3 del art. 264 de la Ley 18.387 establece:

"Todas las demás disposiciones legales contenidas en leyes anteriores, cuando se refieran a situaciones de quiebra y/o de liquidación judicial deben entenderse realizadas a la decisión judicial de liquidación de la masa activa del concurso. Cuando se refieran a situaciones de concurso, concordatos o moratorias deben entenderse realizadas a los casos de concurso."

La exhibición general puede darse, también, fuera del proceso, ante ciertos organismos públicos como la Auditoría Interna de la Nación y la Dirección General Impositiva.

La exhibición parcial en cualquier juicio, como medio de prueba entre comerciantes en una contienda relacionada a un negocio mercantil.

3. En la exhibición general los libros se exhiben, en principio, a la parte que la pide. En la exhibición parcial los libros se muestran siempre al juez, porque éste debe resolver la contienda con la prueba que ellos producen. Los libros constituyen un medio de prueba y la exhibición es el mecanismo para su producción.

4. La exhibición general sólo se decreta a pedido de parte. La exhibición parcial puede ser decretada a pedido de parte o de oficio.

 

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