Antes se llamaba así al menor de 21 pero mayor de 18 que quería ejercer el comercio. Como la mayoría de edad se adquiría a los 21, en principio, no podía. Para poder comerciar tenía que solicitar su habilitación o emancipación. Ahora, como la mayoría de edad se adquiere a los 18, la problemática del menor comerciante desapareció. Más aún: desapareció el menor comerciante. Si tiene más de 18 no es menor.
Subsisten, no obstante, algunas particularidades en cuanto
a la situación del menor que hereda un establecimiento comercial
o que hereda una cuota social. Ver a ese respecto RODRÍGUEZ OLIVERA,
Derecho Comercial, t. II, p. 12-15 (Fundación de Cultura
Universitaria, 1.998).
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