¿Qué otros contratos bancarios se vinculan a cada modalidad de cuenta corriente bancaria?

Por Carlos E. López Rodríguez

La cuenta corriente bancaria puede asumir dos modalidades - con provisión de fondos o al descubierto - según opere con fondos suficientes depositados en ella o cuente con una autorización del banco para girar en descubierto, esto es, tener una línea de crédito abierta. La Ley 6.895, en su art. 33, reconoce estas dos modalidades: 

"La cuenta corriente bancaria es de dos maneras: a descubierto cuando el banco hace adelantos de dinero, o con provisión de fondos cuando el cliente los tiene depositados en él." 

La cuenta corriente será "al descubierto", cuando obedezca o sirva de instrumento para el contrato de apertura de crédito. Por el contrario la cuenta corriente será "con provisión de fondos", cuando obedezca o sirva de instrumento al contrato de depósito bancario

Cuando el banco abre una línea de crédito (contrato de apertura de crédito), el cliente necesita acceder al dinero y lo hace mediante una cuenta corriente bancaria que a tales efectos le habilita el banco. De la misma forma, cuando el cliente deposita dinero en el banco, puede celebrar un contrato de cuenta corriente bancaria para poder acceder al dinero depositado.

 

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