ESQUEMA SOBRE ACTO DE COMERCIO
I. CONCEPTO
No hay una definición legal de acto de comercio; el legislador realizó una enumeración de actos en el art. 7 del Código de Comercio.
A. Posiciones doctrinarias
1. Doctrinas que recurren a conceptos económicos: Rocco: Acto de comercio es aquél que responde al fenómeno de la intermediación entre la producción y el consumo.
2. Doctrinas que recurren al sujeto que realiza el acto: Ripert: Acto de comercio es aquél realizado por un comerciante en el ejercicio habitual de su profesión.
3. Doctrinas que recurren al concepto de empresa: Acto de comercio es el realizado por la empresa.
B. Consecuencias jurídicas de la consagración del acto de comercio
1. Derecho aplicable
2. Calidad de comerciante
3. Naturaleza comercial de las sociedades
II. CLASIFICACIÓN
A. Criterios de clasificación
1. Actos de comercio naturales:
Los que responden al concepto económico de comercio. Son todos los actos en los que se produce la intermediación entre la producción y el consumo.
a. Compraventa comercial: art. 7 inc. 1: intermediación entre la oferta y la demanda de bienes muebles
b. Operación de cambio de moneda: inc. 2: intermediación entre la oferta y la demanda de moneda
c. Operaciones bancarias de depósito y préstamo: inc. 2: intermediación entre la oferta y la demanda de crédito.
2. Actos de comercio legales:
Los que no responden al concepto económico de comercio y que han sido incluidos por razones históricas o por razones de conveniencia.
a. Corretaje y remate
b. Negociación sobre títulos valores: inc. 3
c. Empresas de fábrica, comisión, depósito y transporte: inc. 4
d. S.A. cualquiera sea su objeto: inc. 5
e. Negocios relacionados con el comercio marítimo: inc. 6
f. Operaciones de factores y tenedores de libros: inc. 7
3. Actos de comercio por conexión
Son actos civiles pero, por estar relacionados con una obligación comercial (conexión objetiva) o con un comerciante (conexión subjetiva) se tornan comerciales. Dentro de esta categoría se encuentran:
a. Actos de comercio por conexión objetiva:
* Fianza comercial: art. 630 : Contrato por el cual una persona se obliga a cumplir una obligación comercial ajena, para el caso de que no la cumpla el que la contrajo.
* Prenda comercial: art. 741: Contrato por el cual el deudor entrega al acreedor una cosa mueble en garantía de una obligación comercial.
* Hipoteca comercial: art.766: Contrato por el cual el deudor grava a favor del acreedor una cosa inmueble en garantía de una obligación comercial.
* Préstamo comercial: art. 700: Contrato por el cual un comerciante recibe una cantidad de dinero o mercancías para destinarlas a su actividad comercial obligándose a devolver otro tanto de la misma especie.
* Mandato comercial: art.299: Contrato por el cual una persona se obliga a realizar un acto de comercio a nombre y por cuenta ajena.
* Comisión comercial: art. 300.2: Contrato por el cual una persona se obliga a realizar un acto de comercio a nombre propio pero por cuenta ajena
b. Actos de comercio por conexión subjetiva:
* Préstamo comercial: art. 700:
* Depósito comercial: art. 721: Contrato por el cual un comerciante recibe de otro, un objeto de comercio, a consecuencia de una operación mercantil, obligándose a guardarla y restituirla en la misma especie.
B. Actos mixtos
1. Concepto: acto que es comercial para una de las partes y civil para la otra. Puede desarrollarse entre dos civiles, dos comerciantes o entre un civil y un comerciante.
2. Problema de los actos mixtos: Cuál es la legislación aplicable para regularlos.
3. Tesis que considera que el acto mixto no existe:
III. CARACTERES DE LA ENUMERACIÓN DEL ART. 7
A. ¿Es homogénea o heterogénea?
B. Es de orden público
D. Es predominantemente objetiva
E. No es exhaustiva
F.¿Es taxativa o enunciativa?