Esquema sobre acciones

                                                      Por Virginia S. Bado Cardozo

I. Concepto y enunciaciones

    A. Concepto: Valores que, incorporados o no a un documento, confieren a sus titulares los derechos que la Ley 16.060 atribuye a los accionistas.

    B. Enunciaciones: art. 300

II. Características

    A. Valor nominal expresado en moneda nacional: art. 296

        1. Emisión bajo la par: art. 297 derogado por la Ley 16.749

        2. Emisión con prima: art. 297

      B. Indivisibles: art. 296 y 56

C. Posibilidad de representarlas en títulos negociables: art. 244

             a. Representadas: Títulos que se llaman "acción" art. 316

             b. No representadas: Acciones escriturales art. 303.

    D. Transmisión libre: art. 305

III. Clases

    A. Por su forma de emisión y transmisión

        1. Al portador: art. 304

            a. Concepto: título en el que no consta el nombre del tenedor

            b. Transmisión: tradición

        2. Nominativas: art. 304

            a. Concepto: título en el que consta el nombre del tenedor

            b. Nominatividad obligatoria: acciones de radio, T.V., AFAPS, Bolsa de valores, Administradoras de fondos de inversión

            c. Transmisión:

        Nominativas endosables: Endoso, tradición y registro en el libro de Registro de Acciones nominativas endosables.

        Nominativas no endosables: Cesión de créditos, tradición y registro en el libro de Registro de Acciones Nominativas no endosables.

        3. Escriturales: art. 303

            a. Concepto: acción incorpórea

            b. Transmisión: Registro de la transmisión en el libro Registro de Acciones Escriturales.

    B. Por los derechos que confieren: art. 307

        1. Ordinarias: Confieren los siguientes derechos:

            a. Patrimoniales:

               * Participación en las ganancias (art. 16)

                * Participación en el remanente de la liquidación (art. 319)

                * Participación en caso de rescisión parcial (art. 154)

                * Dividendo mínimo obligatorio (art. 320)

                * Derecho de preferencia y de acrecer (art. 319 y 326)

                * Derecho a transmitir la acción (art. 305)

        b. No patrimoniales:

            * Voto en las asambleas ordinarias y extraordinarias (art.319)

            * Información y fiscalización (arts. 75, 319, 321 y 339)

            * Receso (art. 319 y 362)

            * Acciones judiciales contra la sociedad y contra los órganos sociales

    2. Preferidas: confieren los siguientes derechos (art. 323):

        a. Patrimoniales :

            * Dividendo fijo o porcentaje de ganancias

            * Acumulación del dividendo fijo o del porcentaje de ganancias a las ganancias que correspondan a los accionistas con acciones ordinarias.

            * Prioridad en el pago del remanente de la liquidación.

        b. No patrimoniales:

            * Elección de directores (art. 381)

            * Remoción de directores

3. De goce: son el resultado del procedimiento "amortización de acciones" y confieren los derechos que se establezcan en el contrato o en la asamblea que resolvió la amortización. Nunca dan derecho al remanente de la liquidación (art. 311).

 

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