¿Cuáles son los concordatos que puede pedir un deudor civil?
Por Carlos López Rodríguez
El deudor civil puede pedir concordatos para prevenir el concurso (concordatos preventivos) o puede, dentro del proceso de concurso llegar a un arreglo con los acreedores (concordato en el concurso o preclusivo). Los primeros pueden asumir la forma de concordato judicial, extrajudicial o privado. Todos estos concordatos siguen los requisitos y procedimientos del concordato para los comerciantes. Así lo dispone el artículo 454 y 455 del Código General del Proceso.