Finalización del Proceso de Quiebra

Por Nuri Rodríguez Olivera

La quiebra como proceso concursal termina normalmente en dos formas: por entendimiento con los acreedores mediante la celebración de un concordato preclusivo; por liquidación de los bienes. Hay otro caso en que termina el proceso de quiebra pero solo provisionalmente: la clausura de la quiebra. En cualquiera de estos casos, quedan subsistentes las inhabilitaciones con que la Ley sanciona al fallido. Los efectos de la quiebra sobre el fallido terminan con su rehabilitación.