Por Carlos López Rodríguez
Los contratos de bolsa son la traducción jurídica de la operación de bolsa. En otras palabras, las operaciones que en los hechos se desarrollan en la bolsa, se traducen en una figura contractual especial que es el contrato de bolsa.
A. Naturaleza jurídica
Su naturaleza jurídica es discutida por la doctrina, aunque mayoritariamente se entiende que se trata de un contrato de compraventa con particularidades.
B. Características
El contrato de bolsa, igual que cualquier contrato necesita la presencia de los cuatro elementos esenciales señalados en el artículo 1.261 del Código Civil, sin los cuales no es válido. Estos elementos esenciales son : el consentimiento de las partes contratantes, la capacidad para obligarse, el objeto y la causa.
Fuera de estos elementos, el contrato de bolsa tiene algunos elementos específicos que permiten diferenciarlo de otros y que justamente lo distinguen especialmente de la compraventa común. Estos elementos son los siguientes:
· los contratos necesariamente deben ser realizados por intermediarios, esto quiere decir que la contratación es indirecta,
· deben ser realizados en un ámbito especial (la rueda de bolsa) esencialmente público,
· deben realizarse de un modo especial, esto es, la propuesta y la aceptación deben manifestarse a viva voz expresando la cantidad de los valores que se pretenden negociar, su valor y el plazo en que se desea concretar el negocio.
En
el contrato de bolsa se distinguen dos categorías de partes o sujetos
intervinientes.
El
contrato de bolsa puede asumir cualquiera de las siguientes modalidades:
A. Al contado
En
el contrato de bolsa celebrado al contado, se produce un cambio inmediato de las
prestaciones, esto es, del valor por el dinero de su cotización.
La
particularidad de esta modalidad radica en la inmediatez de su ejecución. En
efecto, la liquidación del contrato bursátil debe verificarse en el mismo día
en que fueron concretadas. En
otras palabras, la ejecución del contrato, esto es, el efectivo cumplimiento de
las obligaciones asumidas (valor por precio) debe verificarse inmediatamente de
haber sido celebrado el contrato.
B. Para mañana
En
esta modalidad contractual, el cambio de prestaciones no se realiza en forma
inmediata.El cumplimiento de las obligaciones de las partes se difiere para un
momento posterior, esencialmente breve, esto es, de pocos días. En la Bolsa de
Valores este plazo es un día hábil.
C. A plazo
En
esta modalidad, se conviene diferir la ejecución del contrato para un momento
posterior. Ambas partes se ponen de acuerdo en diferir el cumplimiento de sus
obligaciones para una oportunidad posterior que, lógicamente, tiene una fecha límite.
Los
límites del plazo los establece cada bolsa según su arbitrio.
Jurídicamente,
este plazo es un plazo suspensivo que tiene una duración determinada. Este
plazo no obsta a que igualmente el contrato sea de ejecución instantánea
porque, vencido el mismo, las prestaciones del contrato serán ejecutadas en
forma instantánea.
No
se trata de un contrato de crédito porque en este contrato, ambas prestaciones
se difieren en el tiempo.
Esta
modalidad de contratación está dominada por el elemento riesgo. Atendiendo a
este elemento, los mercados bursátiles exigen al comprador, garantía del pago
de su obligación.
Las
garantías se constituyen, generalmente, inmediatamente después de concertado
el negocio mediante el depósito (en efectivo o en valores) de un porcentaje del
total de los valores negociados.
En
el contrato de bolsa a plazo existen dos subespecies de negociaciones a plazo:
·
Contrato de
bolsa a plazo firme
En
esta subespecie, el plazo está determinado y las partes no pueden desconocerlo.
·
Contrato de
bolsa a plazo disponible
En
este caso el plazo, originalmente convenido, puede ser anticipado por una de las
partes.
D. Otras modalidades
Pese
a que no son comunes en nuestra bolsa, señalaremos otras modalidades de
contratos de bolsa. Estas otras modalidades son: el contrato diferencial, el
contrato de pase (también llamado "de reporte"), el contrato de
arbitraje y el de caución.
En el contrato de bolsa diferencial se realizan dos contratos de compraventa de valores. Los dos se realizan a plazo y tienen el mismo vencimiento. Al vencerse el plazo, las partes deben cumplir con sus prestaciones. En este caso se da la particularidad de que ambos son compradores y vendedores porque celebraron dos contratos. Llegado el momento compensarán lo que se deben mutuamente y sólo deberán asumir la diferencia que resulte de la comparación en el precio de las dos compraventas.